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Registro Turístico Nacional y Estadal
Prestadores de Servicio Turístico
Según el Artículo 83 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de Turismo “Se entiende como prestadores de servicios turísticos las personas naturales, jurídicas, comunidades organizadas, consejos comunales y cualquier otra forma de participación popular, cuya actividad principal esté orientada a satisfacerlos requerimientos de los turistas o usuarios turísticos”.
Deberes y Beneficios de los Prestadores de Servicios Turísticos según la Ley
Orgánica de Turismo : La Dirección de Servicios Turísticos de CORPOTUR, es la encargada de vigilar el cumplimiento de los deberes de las personas
naturales y jurídicas que prestan servicios al turista en la región neoespartana.
Por ello, todos los prestadores de servicios turísticos que operan en el Estado Nueva Esparta están en la obligación
de cumplir con los siguientes deberes, los cuales están contemplados en el artículo 88 de la mencionada Ley:
- Inscribirse en el Registro Turístico Nacional y obtener la autorización, permiso o
licencia correspondiente.
- La promoción institucional del turismo de conformidad con la Ley de Turismo y
su Reglamento.
- Prestar el servicio correspondiente a su Registro Turístico Nacional,
conforme a las condiciones ofrecidas de calidad, eficiencia e higiene.
- Promover, a través de la publicidad turística, la identidad y los valores
nacionales, sin alterar o falsear el idioma, las manifestaciones histórico-culturales
y folklóricas del país.
- Cumplir con lo ofrecido en la publicidad o promoción de los servicios turísticos.
- Darle preferencia en la contratación de su personal, a los profesionales y
técnicos venezolanos egresados de institutos y centros de enseñanza especializados en el
área de turismo.
- Tener a disposición del turista o usuario turístico un libro de sugerencias y reclamos.
- Cumplir con las normas técnicas y control de calidad aplicables.
- Prestar a solicitud del Ministerio del Poder Popular para el Turismo, toda la colaboración
que coadyuve en el fomento, calidad y control de la actividad turística.
- Suministrar a los órganos competentes del turismo a nivel nacional,
regional o local, la información que le sea requerida sobre la actividad turística que desarrolle.
Al cumplir con estos deberes, los prestadores inscritos en el Registro Turístico Nacional y
Estadal gozaran de los siguientes beneficios:
- Solicitar y obtener concesiones y autorizaciones para la explotación de los recursos turísticos
comprendidos en el Catálogo Turístico Nacional, de conformidad con lo establecido en las leyes aplicables.
- Incorporarse a los planes de promoción turística del Instituto Nacional de Turismo, INATUR.
- Beneficiarse del régimen que establezca el Ejecutivo Nacional para la tramitación y
otorgamiento de créditos destinados a la ejecución de proyectos turísticos.
- Disfrutar de los beneficios e incentivos que sean acordados de conformidad
con lo establecido en la Ley de Turismo.
- Ser incluidos en los listados de oferta turística y catálogos que Corpotur
tiene a disposición de turistas y residentes en el ámbito regional, nacional e internacional.
- Posibilidad de optar a créditos por parte de instituciones financieras del Estado.
- Posibilidad de afiliarse a organismos tales como IATA y AVAVIT.
- Acceder a los incentivos contemplados en el Artículo 89 de la Ley Orgánica de Turismo
Registro Turístico Estadal(RTE) 
El Registro Turístico Estadal se crea en la jurisdicción del Estado Nueva Esparta, según decreto Nº 671 del 02/03/1998, Gaceta Oficial Número Extraordinario. El RTE es el procedimiento que consiste en inscribir a los prestadores de servicios turísticos ya inscritos en el RTN con la finalidad que formen parte del sistema turístico estadal, manteniendo el orden y control en la actividad turística.
Registro Turístico Nacional(RTN)
El Registro Turístico Nacional es el procedimiento donde deben inscribirse todos los
prestadores de servicios turísticos que efectúen sus operaciones en el país, dando
cumplimiento al decreto con Rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de Turismo.
Requisitos para la Inscripción en el Registro Turístico Estadal y Nacional
Como parte de los servicios presentados por la gerencia de Servicios Turísticos, a continuación se le presenta
todos los requisitos necesarios para la inscripción dentro del RTN y RTE según su clasificación.
Requisitos para Inscripcion en el Registro Turístico Nacional (RTN)
Requisitos para la Obtencion de la Licencia de Turismo
Inscripción o Actualización Registro Turístico Estadal (RTE) Persona Juridica
Inscripcion o Actualizacion Registro Turístico Estadal (RTE) Persona Natural
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